Televisión Pública

La CNMC abre un expediente sancionador contra RTVE por publicidad no permitida

El Pirulí y TVE

Redacción

La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha abierto un expediente sancionador contra la RTVE por una posible vulneración de la ley de financiación de la corporación.

Según informa el organismo en una nota de prensa, el ente habría “permitido campañas de spots de varios productos· cuya difusión no estaría incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa.

Según la Ley General de Comunicación Audiovisual los anuncios no constituyen supuestos de patrocinios de eventos deportivos y culturales, ni patrocinios en la emisión de competiciones deportivas o emitidos en canales internacionales o patrocinio culturales, sino que presentan las características propias de comunicaciones comerciales o spots convencionales.

La CNMC explica que “estas comunicaciones comerciales tuvieron lugar en los canales de televisión La 1, La2, 24H y Teledeporte, entre diciembre de 2017 y enero de 2018”, pero no detalla cuáles fueron los programas que emitieron los spots.

Fuentes de la CNMC explican a VERTELE que hasta que no se resuelva el expediente no se hará público el detalle de los programas, horas y anuncios que han dado lugar a la infracción.

La ley contempla como “infracción grave” “la emisión de comunicaciones comerciales encubiertas (...) o que incurran en las prohibiciones establecidas en la normativa de publicidad”. Estas infracciones conllevan multas que pueden ir de los de 100.001 hasta 500.000 euros.

Multas de más de 200.000 euros

TVE se ha enfrentado a importantes multas por publicidad encubierta en programas como Masterchef, al que en enero de 2017 impusieron una multa por una “infracción administrativa continuada de carácter grave” de más de 200.000 euros.

El pasado mes de abril, el órgano de control sancionaba con 222.600 euros a la corporación por haber emitido en los canales de televisión La 1, La 2, Canal 24 Horas, Clan y Teledeporte tres campañas publicitarias (Reloj Clan Watch, Zowi, el robot de Clan y Tableta Clan Motion Pro) incumpliendo la prohibición de emitir comunicaciones comerciales audiovisuales.

RTVE dispone ahora de un plazo de quince días para presentar alegaciones contra la apertura de este expediente.

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