La Corporación recurrirá

RTVE, multada con 60.000 euros por una brecha de seguridad con datos de once mil personas

Sede de RTVE en Prado del Rey

Marcos Méndez

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto a RTVE una multa de sesenta mil euros tras haber sufrido una brecha de seguridad por la pérdida de 6 pendrives que incluían datos personales de aproximadamente once mil personas, entre las que se encontrarían trabajadores actuales y antiguos trabajadores, según ha sabido Vertele.

Según explica la resolución del procedimiento sancionador de la AEPD, se considera probado que en esos dispositivos se encontraban datos de unas once mil personas, del siguiente tipo:

  1. Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, matrícula de RTVE, teléfono, dirección (postal y electrónica).
  2. Circunstancias personales: fecha de nacimiento, sexo, estado civil.
  3. Detalles del empleo: puesto de trabajo, categoría, nivel salarial, localidad de trabajo, fechas de jubilación.
  4. Categorías especiales de datos: Afiliación a CCOO, salud (resoluciones médicas, resoluciones de la Seguridad Social sobre incapacidades), infracciones penales o condenas (sentencias completas con datos personales y posiblemente alguna notificación de embargo).

La desaparición de estos dispositivos se produjo en torno al 12 de noviembre de 2018, cuando se encontraban en una bolsita monedero en la Oficina de atención al Participe del Plan de Pensiones en Prado del Rey. La brecha de seguridad se declaró formalmente el 25 de enero de 2019, y el 14 de marzo de 2019 un reclamante perteneciente a la Unión Sindical Obrera de RTVE interpuso reclamación contra la Corporación.

RTVE alega que no es negligencia suya, y recurrirá

RTVE solicitó el archivo del procedimiento sancionador alegando que la brecha de seguridad se produjo en la oficina de Atención al Partícipe del Plan de pensiones, y no en la sede de Comisiones Obreras, y que los pendrives son propiedad de un delegado de sección sindical de CCOO, que formaba parte, como miembro, de la Comisión de Control del Plan de pensiones y que, como tal, tenía acceso a dicha oficina, para ello aporta una serie de documentos, respecto de los cuales se solicita que se tengan recibidos como prueba.

En resumen, la Corporación pública afirmó que la brecha de seguridad no es consecuencia de una actitud negligente por parte de RTVE.

Sin embargo, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos ha resuelto imponer a RTVE una multa de sesenta mil euros por una infracción del artículo 32 del Reglamento General de Protección de Datos, tipificada en el artículo 83.4.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pero cabe recurso por parte de la Corporación a través de dos vías. La primera, potestativamente interponiendo un recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos.

La segunda, recurriendo directamente a la vía contencioso-administrativa, si RTVE manifiesta esa intención, lo que además suspendería cautelarmente esta resolución firme en vía administrativa.

Fuentes de la Corporación consultadas por Vertele han explicado a este medio que la negligencia no fue de RTVE, por lo que ejercerán su derecho al recurso. La Corporación se referirá a este caso en las próximas fechas de forma oficial para aclarar su versión y sus próximos pasos.

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