Tribunales

Antena 3 también pagará 90.000 euros a Eugenia Martínez Irujo

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que condena a Antena 3 a indemnizar con 90.000 euros a la duquesa de Montoro, Eugenia Martínez de Irujo, por haber invadido su intimidad al grabarla en el interior de su casa a través de las ventanas, según informa Servimedia.

Las imágenes, emitidas en el programa Ahora de Antena 3 el 17 de diciembre de 2005, mostraban como Martínez de Irujo se despedía de su pareja en el interior de su casa y se acompañaban de una voz en 'off' que realizaba comentarios sarcásticos.

La sentencia del Tribunal Supremo, de la que es ponente el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, desestima el recurso de casación de la cadena televisiva y confirma que ha existido una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad de la actora. Por lo tanto, confirma la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla que condenó a Antena 3 a pagar a Martínez de Irujo 90.000 euros por los daños morales ocasionados.

Los magistrados de la Sala de lo Civil consideran, tras realizar la correspondiente ponderación de los derechos constitucionales enfrentados, que en este caso prevalece el derecho a la intimidad frente al derecho a la información.

El Alto Tribunal sostiene que a pesar de la proyección pública de la hija de la duquesa de Alba, que deriva del interés que suscita su persona en los programas de entretenimiento, la información transmitida consistía en hechos que objetivamente forman parte de su intimidad, como son escenas de la vida privada en el interior del domicilio.

La sentencia también expresa que el goce de pública celebridad, el hecho de que una relación personal sea conocida y que se haya podido consentir en ocasiones determinadas la revelación de aspectos concretos propios de la vida personal, no privan a Martínez de Irujo de la protección de su derecho a la intimidad fuera de aquellos aspectos a los que se refiera su consentimiento.

Telecinco también la indemnizará con 90.000 euros

La Audiencia de Sevilla condenó a Telecinco en marzo de 2009 a indemnizar con 90.151 euros a Eugenia Martínez de Irujo, hija de la duquesa de Alba, por unos comentarios falsos sobre su vida privada que además carecían de 'interés general' y no afectaban 'al orden social ni al conjunto de los ciudadanos',

La Audiencia, en una sentencia a la que tuvo acceso entonces Efe, decía que el hecho de que la demandante 'tenga una cierta proyección pública por sus circunstancias personales y familiares en ningún caso autoriza a nadie para hablar de su vida privada, ni menos aún para imputarle relaciones íntimas inveraces'.

Telecinco y Raquel Bollo, ex esposa del cantante 'Chiquetete', fueron demandados por los comentarios de ésta en tres programas de cotilleo de la cadena televisiva, en los que imputó a Martínez de Irujo una presunta relación adúltera con su ex marido.

La sentencia de la Audiencia confirmaba en todos sus términos la emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 20 de Sevilla y consideraba que los 90.151 euros son 'una cantidad sumamente moderada y benévola' puesto que los jueces tienen 'serias dudas de que sea efectivamente disuasoria para evitar en el futuro conductas similares'.

Telecinco recurrió a la Audiencia por considerar excesiva la cuantía de la indemnización, pero el fallo destaca que 'el honor y la intimidad no tienen un valor económico' y que esa cantidad 'tiene como principal finalidad dar al ofendido satisfacción moral, que no material', lo que solo puede alcanzarse 'cuando tal indemnización es sensible para el ofensor y eficaz para disuadir de nuevos ataques u ofensas'.

Por su parte, Raquel Bollo recurrió porque afirmó que ella nunca pronunció el nombre de Martínez de Irujo, pero la sentencia dice que 'dio datos suficientes para que pudiese ser identificada, iniciando con ello un reguero de manifestaciones y comentarios en distintos programas'.

'Atenta contra el honor y la intimidad quien difunde noticias sin que haya un interés general o repercusión pública, ya lo haga por primera vez o amplifique lo que han dicho otros', según los jueces.

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