Tanto a favor para Mediaset

Archivada una denuncia contra 'Sálvame' por el culebrón 'Matamoros'

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha resuelto archivar una denuncia formulada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra Mediaset España por la supuesta incorrecta calificación por edades de la emisión en Telecinco del programa 'Sálvame naranja' del 15 de septiembre de 2015, al “no encontrar elementos de juicio suficientes que justifiquen el inicio de un procedimiento sancionador”. Así lo pone de manifiesto el organismo en una resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que detalla que AUC señalaba que “a lo largo de esa parte del programa se plantean graves conflictos emocionales sobre la relación paterno-filial, y se entra en cuestiones de gran dramatismo”.

“No corresponde con la calificación del programa como no recomendado a menores de 7”

Esta denuncia hacía referencia al “culebrón” en torno a la familia de Kiko Matamoros: “Se opina sobre si el colaborador es buen o mal padre, se plantean problemas familiares graves sin resolución positiva, se hace hincapié en el sufrimiento del entrevistado (con primeros planos de su rostro), se habla de venganza, de recriminaciones, de conflictos del hijo con la pareja actual, de que el colaborador no puede ver a su nieta, de 'chapotear en el barro'...”, según indicaba la asociación.

Del mismo modo, AUC denunciaba en su escrito que en otra parte del programa “hay una referencia explícita y detallada con claras connotaciones sexuales, que no se corresponde con la calificación del programa como no recomendado para menores de 7 años”.

Los contenidos “carecen de la explicitud y detalle necesarios para ser razón suficiente”

En este sentido, tras haber realizado un visionado del programa, la CNMC ha podido comprobar que tanto las referencias de carácter sexual encontradas, como los demás contenidos denunciados son “de carácter puntual y carecen de la explicitud y detalle necesarios para que constituyan por sí mismos razón suficiente, aplicando los criterios del Código de Autorregulación para considerar la necesidad de elevar su calificación por edades otorgada al programa citado ese día”.

Asimismo, la Comisión argumenta que, para considerar los contenidos denunciados, éstos han de tener “entidad suficiente como para incurrir en alguno de los supuestos indicados en el Código de Autorregulación, y que por su presencia, presentación o tratamiento se considere que no son adecuados para ser vistos por niños menores de 12 años”.

Por último, el organismo destaca que no se aprecian indicios suficientes que justifiquen la apertura de un procedimiento administrativo sancionador por supuesta vulneración de lo dispuesto en la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA).

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