De 11 a 7 días

Organizaciones denuncian ante el Defensor del Pueblo la intención de cambiar la norma sobre programación

La Asociación de Internautas (AI), la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) y la Asociación de Derechos Civiles, Económicos y Sociales (ADECES) se han dirigido al Defensor del Pueblo en solicitud de amparo “ante la intención del Gobierno, a petición de la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (UTECA), de modificar la norma que regula el derecho de los telespectadores a ser informados con antelación suficiente sobre la programación televisiva”. En su escrito a esta Institución, las asociaciones firmantes señalan que la disposición adicional recogida en el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el reglamento general de prestación del servicio de radio y televisión por cable, incluye la propuesta de reducir de 11 a 7 días la obligación de las televisiones de informar anticipadamente de su programación y de permitir que dicha información se difunda únicamente a través de las páginas de teletexto, la Guía Electrónica de Programas o el sitio web, informaron hoy las organizaciones en un comunicado. AI, AUC y ADECES argumentan en contra de este cambio que la información sobre la programación facilitada con la antelación adecuada “ayuda a los telespectadores a planificar su ocio y tiempo libre, o sus necesidades de formación e información; ayuda a los anunciantes a controlar el contexto de su publicidad y a determinar el grado de afinidad del 'target'; e incluso ayuda a las televisiones a estabilizar las parrillas y mejorar la fidelidad de la audiencia”. En esta línea, los denunciantes consideran que el cambio normativo que se pretende puede “perjudicar gravemente” la recepción de una información adecuada por parte de los telespectadores. Asimismo, las tres asociaciones consideran que en un panorama como el actual de multiplicación de la oferta la necesidad del conocimiento previo de la programación para planificar el consumo televisivo es “cada vez más importante, por lo que deberían ampliarse y no reducirse los canales para la información potencial para esa programación”. En la actualidad, el real decreto 1462/1999, de 17 de septiembre obliga a los operadores a “hacer pública su programación diaria con una antelación de, al menos, once días” entendiéndose que dicha difusión pública podrá realizarse por cualquier medio. Dando cumplimiento a la Ley 25/1994, de 12 de julio, que incorpora la Directiva de la Televisión sin Fronteras, que garantiza el derecho de los telespectadores a conocer con antelación suficiente la programación de televisión y persigue limitar las prácticas de contraprogramación de los operadores de televisión. En la comunicación al Defensor del Pueblo las asociaciones adjuntan diferentes informes elaborados por organizaciones e instancias sociales en relación a este asunto, así como, las alegaciones elaboradas por el Consejo de Consumidores y Usuarios sobre el mencionado proyecto de Reglamento y presentadas ante el Consejo Asesor de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (CATSI), en representación de las diez organizaciones de consumidores que lo integran.

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