Cambio de Ley

Las TV privadas rechazan anticipar con 7 días su parrilla y lo ven “del siglo pasado”

La Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (Uteca) rechazó hoy el borrador de la normativa del Gobierno que prevé obligar a los operadores de televisión a anticipar su programación al menos 7 días, algo que consideraron “discriminatorio” y propio “del siglo pasado”. La asociación recordó que las televisiones “son las primeras interesadas en que los espectadores conozcan detalladamente y con antelación suficiente la programación que van a emitir, pues de otro modo perderían una parte importante de su audiencia”. La asociación expresa en un comunicado su “disconformidad” con la propuesta, de momento recogida en un borrador, que a su juicio “responde a las características de una televisión analógica de mediados del siglo pasado, cuando había una sola cadena y se emitía en blanco y negro, y no a una televisión del siglo veintiuno, incardinada en la era digital”. “Eso no es modernizar el país”, lamenta Uteca, que considera que la obligación de hacer pública la programación “con 11 días, o con 7 como ahora se pretende, limita la libertad de empresa y de competencia, y discrimina a las televisiones hertzianas gratuitas nacionales”.

En este sentido, recuerdan que con la tecnología actual existen “múltiples medios y procedimientos para garantizar al espectador un conocimiento por adelantado de los programas televisivos que pueden interesarle”, y aseguran que el espectador medio hace su elección de los programas “unas horas antes o, como mucho, con dos días de adelanto”. “El nuevo texto, al igual que el anterior, es discriminatorio y supone también endosar a las televisiones cargas económicas ajenas”, concluyen.

El Gobierno propone limitar a 7 días el plazo de las TV para informar de su parrilla

El Gobierno propone rebajar a siete días de antelación el plazo obligatorio mínimo que deben cumplir las televisiones para informar de su programación, tanto en el caso analógico como para sus emisiones en digital, frente a los 11 días establecidos hasta el momento. Así consta en el borrador del proyecto de Real Decreto de reglamento para la prestación del servicio de radio y televisión por cable, que modifica este extremo y establece que los operadores de cable y de ADSL deberán pagar una compensación a las televisiones generalistas por transportar su señal. En el borrador del texto, elaborado por el Ministerio de Industria y al que ha tenido acceso Europa Press, se establece que los canales deben anunciar con al menos siete días de adelanto su programación “en todos y cada uno de los siguientes medios: las páginas de teletexto de sus emisiones en analógico, la guía electrónica de programación de las emisiones en digital, y su página web, si la tuvieran”. En el caso de que no ofrezcan servicios de teletexto o no tengan disponible la guía digital, el canal estará obligado a hacerlo con una antelación de al menos, nueve días. Esta normativa, referida en el título a las emisiones por cable, reclama, por medio de una disposición adicional quinta, que se reserve un múltiple digital para la prestación de un servicio de televisión digital terrestre en movilidad, pensado para la explotación vía teléfono móvil, “en la medida que las posibilidades del espectro radioeléctrico lo permitan”. Además, el proyecto establece mínimos para la cobertura territorial de la TDT, cobertura que, según el nuevo texto, deberá alcanzar al 85 por ciento de la población antes del 31 de julio de 2007, al 88 por ciento con la misma fecha de 2008, y al 93 por ciento en idéntico día de 2009. COBERTURA DE LA RADIO DIGITAL

Además, el borrador incorpora una disposición sobre la radio digital, por el que se modifican las bandas de frecuencias para su explotación, y establece que el 1 de enero de 2010 la cobertura de esta nueva tecnología alcance a un mínimo del 80 por ciento de la población. El reglamento concede otros veinte años a las Comunidades Autónomas para lograr una cobertura de población del 95 por ciento en las mismas redes: FU-E, MF-I y MF-II. Este texto fue presentado a la Comisión permanente sobre sociedad de la información el pasado 25 de mayo.

En lo que respecta a la difusión por cable y ADSL, hasta el cese definitivo de las emisiones en analógico, éstos operadores están obligados a incluir en su oferta tanto TVE-1 como La 2, y las cuatro privadas: Antena 3, Cuatro, Telecinco y La Sexta, así como los canales autonómicos gestionados por los ejecutivos regionales. El borrador contempla “contraprestaciones económicas por la distribución de los servicios”, que deberán ser “acordadas libremente entre las partes”, si bien en caso de desacuerdo deberá resolver la Administración.

Para los gestores de tecnología por cable serán además responsables del contenido de los canales que difundan, cuando el titular de los mismos no se encuentre bajo jurisdicción de la UE, y deberán informar del responsable editorial de los mismos en caso de que sí se encuentre en un Estado miembro. Los canales dedicados para adultos “deberán ser identificados como tales y ofrecidos de manera independiente”, y “nunca podrán ofrecerse en abierto”. POSIBILIDAD DE BLOQUEAR EL ACCESO A CANALES

Además, los servicios de difusión de televisión por cable deberán adoptar las medidas necesarias para hacer posible bloquear en los equipos de recepción el acceso total o parcial a cualquiera de sus canales por iniciativa del usuario, “de una manera fácil y cómoda”. En la guía electrónica se deberá advertir “de manera suficiente y veraz” del contenido de los programas a efectos de la protección de los menores. Los operadores que transporten más de 30 canales deberán asegurarse de que, al menos, “el 30 por ciento de los difundidos en una lengua española correspondan a titulares independientes, siempre que la oferta de estos sea suficiente y de calidad adecuada en condiciones objetivas”. El carácter de “independencia”, según aclara la normativa, se produce cuando el canal y el difusor “no forman parte del mismo grupo de sociedades” ni posean “accionistas comunes”. Este requisito también se aplica para el caso de los canales exclusivamente dedicados a la información. Los operadores deberán incluir, según el borrador, “al menos un canal” que cumpla este requisito de independencia.

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