Sentencia

Tele 5 pagará 6.000 € a la novia de Carcaño por sacarla en TV

El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Sevilla ha condenado a pagar a una indemnización de 6.000 euros a tres productoras de televisión, en concreto Gestevisión Telecinco S.A., Cuarzo Producciones S.L. y Mandarina Producciones S.L., por haber sacado en varios programas televisivos a la ex novia de Miguel Carcaño, principal imputado por el asesinato y la violación de Marta del Castillo.

En un principio, la Fiscalía elevó a definitiva su petición de que estas productoras indemnizaran con 100.000 euros a la menor por el tratamiento informativo que se le dio en los programas Rojo y Negro y El programa de Ana Rosa, ambos producidos por Cuarzo Producciones S.L.. También se refería al programa Está Pasando de Telecinco emitido el mismo día, producido por Mandarina Producciones S.L., además de a varios informativos emitidos por esta cadena de televisión el día 16 de febrero.

“Intromisión ilegítimadel derecho a la intimidad de la menor”

En un comunicado de prensa, el Ministerio Público ha informado de que, mediante una sentencia dictada el día 11 de enero, el Juzgado de Primera Instancia número 13 estima “parcialmente” la demanda presentada por la Fiscalía en defensa de la intimidad y la propia imagen de la menor, añadiendo que el fallo “considera que las empresas demandadas incurrieron en intromisión ilegítima del derecho a la intimidad y propia imagen de la menor”.

Asimismo, y según la Fiscalía, la sentencia “reconoce la plena legitimación del fiscal para interponer la demanda pese a constar el inicial consentimiento de la menor y de su representante legal, y analiza de forma pormenorizada y rigurosa la legislación española y la jurisprudencia sobre el ámbito de protección cualificada de los derechos fundamentales de los menores”.

La Fiscalía no recurrirá

De esta manera, y tras valorar las pruebas presentadas, el Juzgado “estima la pretensión del fiscal, si bien atendiendo a las circunstancias de los hechos, entre ellas la previa difusión de datos e imágenes de la menor en prensa escrita y digitales, el consentimiento de la menor a su aparición en los programas cuestionados y la valoración de las manifestaciones de la propia menor sobre este aspecto en el acto de la vista, fija la cuantía indemnizatoria en 6.000 euros”.

Por último, la Fiscalía ha mostrado su respeto a la argumentación expuesta en la sentencia y ha anunciado su intención de no presentar recurso de apelación contra la misma “pese a la discrepancia existente” entre la cuantía finalmente fijada por la misma y la solicitada por el fiscal, “que atendía prioritariamente a la proporcionalidad de la indemnización a fijar en relación con las ganancias de los demandados en los programas en los que se produjo la intromisión”.

“No hay nada que justifiqué la presencia de una menos en un plató”

En la demanda presentada en su momento, consultada por Europa Press, el Ministerio Público apuntaba que “si se descartan los elementos espectaculares o morbosos no hay nada que justifique la presencia de la menor en un plató o el uso de sus imágenes de forma completa y sin usar método alguno que impida su directa identificación con personas imputadas por gravísimos hechos, simplemente por el hecho de ser más o menos cercanos al principal inculpado en el crimen”.

Además, durante la audiencia previa celebrada el pasado día 22 de julio el juez acordó la desestimación parcial de la demanda presentada por el Ministerio Público en lo que se refiere a una segunda menor de edad, amiga de Marta del Castillo, para la que pedía el pago de 30.000 euros tras alguna aparición televisiva en programas de dos de las productoras demandadas, todo ello después de que la propia Fiscalía anunciara en la vista que retiraba su apoyo al ser ya mayor de edad.

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