De 17 a 20 y 6 a 22 horas

Lo que no podrán emitir las televisiones españolas en horario infantil

El Código de autorregulación sobre contenidos televisivos e infancia, que el Gobierno y televisiones firmarán el próximo 9 de diciembre, tras el acuerdo alcanzado el pasado miércoles, establece que TVE, Antena 3, Telecinco y Sogecable deberán evitar en la franja horaria de protección infantil -entre las 6.00 y las 22.00 horas-, el uso “instrumental de los conflictos personales y familiares como espectáculo” que creen “desconcierto en los menores” y colaborar en su “correcta alfabetización” evitando el lenguaje “insultante”, incluso en los SMS, informa la agencia EFE. Según lo estipulado, el Código entrará en vigor el mismo día de su firma, pero “dada la complejidad” que supone su aplicación para su plena vigencia, habrá un período de tres meses. En la franja de superprotección: de 17 a 20 horas En la franja de “superprotección infantil” -de 8.00 a 9.00 de la mañana y de 17.00 a 20.00 de la tarde-, en la que no podrán emitirse programas no aptos para menores de 13 años- deberán evitarse: - Las relaciones afectivo-sentimentales que aparezcan con manifestaciones sexuales explícitas

- La insinuación procaz de actos de carácter sexual y/o contenido erótico, “excepto en aquellos casos en que el romanticismo sea predominante, o su tratamiento humorístico o paródico genere un efecto de distanciamiento y atenuación del carácter erótico”.

- El código también recomienda que no haya presencia de violencia física con daños graves a personas ni aparezca violencia “como forma de solucionar los problemas”. En la franja de protección: de 6 a 22 horas Dentro del horario protegido –de 6 a 22 horas-, en el que “no podrán emitirse programas no aptos para menores de 18 años, se evitará: - La presentación de relaciones sexuales de ”forma obscena“ y la presencia en las mismas de ”elementos sadomasoquistas“ y de ”pornografía“.

- “La presentación minuciosa de torturas, homicidios y otras violaciones de la dignidad humana” o programas que basen su contenido “en la presentación o análisis del ejercicio de la prostitución, o contengan la descripción explícita de la corrupción de menores o de la trata de blancas”.

Además se evitará la promoción de programas clasificados para mayores de edad en las franjas de protección reforzada y se evitará que las promociones que se emitan entre las 06.00 y las 22.00 horas de espacios clasificados para mayores de edad, incluyan las imágenes o sonidos que sean la causa de su calificación para adultos. También se señalizarán de “forma permanente” los programas no recomendados para todos los públicos que se emitan en las franjas de protección reforzada. Los informativos - “Se evitará la emisión de imágenes de violencia, tratos vejatorios o de sexo no necesarias para la comprensión de la noticia” y la emisión de “secuencias particularmente crudas o brutales”.

- “En los casos de relevante valor social o informativo que justifiquen la emisión de las noticias o imágenes antes referidas, se avisará a los telespectadores de la inadecuación de las mismas para el público infantil”. Dentro de la programación televisiva normal, “no se mostrará a menores identificados consumiendo alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes” y no se entrevistará a menores identificados en situaciones de crisis. Las empresas televisivas firmantes del código se comprometen a dar “amplia difusión” al mismo a través del medio televisivo, en espacios de gran audiencia, particularmente durante los primeros seis meses de su vigencia. También se comprometen a realizar y difundir periódicamente una “campaña de sensibilización” para un uso responsable del medio televisivo. Una Comisión Mixta de Seguimiento Mediante el Código se crea una Comisión Mixta de Seguimiento con cuatro miembros con su voz y voto designados por los operadores de televisión firmantes del acuerdo y otros cuatro, también con voz y voto, designados por las entidades representativas de las organizaciones de la juventud y de la infancia, de los padres y los educadores, y de los consumidores y usuarios. La secretaría de la Comisión Mixta de Seguimiento del Código la ejercerá la Administración, con voz, pero sin voto.

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