Ley Audiovisual

Se limitará los derechos exclusivos en acontecimientos de interés general previo pago a su titular

El anteproyecto de Ley General Audiovisual que ultima el Gobierno prevé la elaboración por la autoridad audiovisual competente de un catálogo estatal de acontecimientos de interés general, que se revisará anualmente, y que incluirá acontecimientos de cualquier clase, que deberán ser accesibles a todos los operadores a través de la televisión en abierto y para todo el territorio nacional.

El borrador de la futura norma, al que ha tenido acceso Europa Press, prevé que el titular de los derechos exclusivos que puedan figurar sobre dichos acontecimientos de interés general obtendrá una contraprestación económica ligeramente pactada entre las partes. El conflicto, en su caso, lo resolvería el futuro Consejo Estatal de los Medios Audiovisuales.

CATALOGOS AUTONOMICOS

La nueva ley audiovisual sustituye de esta forma a la derogada Ley del Fútbol impulsada por Francisco Alvarez Cascos durante los gobiernos del PP, ampliando las garantías para que las emisiones de interés general no queden restringidas a operadores de pago en exclusiva, ya sean de carácter deportivo, cultural o social.

También se prevé en el anteproyecto que las comunidades autónomas hagan catálogos semejantes de asuntos de relevancia para la comunidad autónoma y que deban retransmitirse para su ámbito de cobertura en abierto.

Por otra parte, más allá de los derechos exclusivos de retransmisión, se reconoce el libre acceso a los recintos cerrados donde se retransmita un acontecimiento, a los efectos de ejercer el derecho a la información. Dicho derecho de acceso no estará sujeto a contraprestación, y los extractos que se emitan en televisión por este concepto tendrán una duración máxima de tres minutos.

PLURALISMO LINGÜISTICO

Tal y como pactaron en el Congreso los grupos parlamentarios Socialista y de ERC, el anteproyecto de ley general audiovisual contempla que los titulares de canales de TDT con cobertura en comunidades con lengua propia tendrán que dedicar un 25 por ciento del tiempo de emisión de los canales en abierto con dos bandas sonoras independientes con versiones dobladas de dichos programas en dos de las lenguas oficiales de España.

Se prevé, no obstante, en la disposición transitoria 5 del anteproyecto, una aplicación progresiva de esta obligación, y en la 6 otra relativa a facilitar el acceso de los discapacitados a los medios.

Como quería el Grupo Socialista hacer inicialmente en la Ley de TDT, se actualizará finalmente en la Ley Audiovisual el cuadro de sanciones a los operadores por infringir las normas en vigor para el sector audiovisual, que incluyen, en los artículos 71 y 72, multas de hasta un millón de euros y hasta la revocación de la licencia y la suspensión temporal de emisiones.

Se prevé también la adopción de relevantes medidas cautelares, como la suspensión temporal de la edición o difusión de canales, el precinto de equipos y aparatos, y las advertencias al público sobre la existencia de conductas infractoras, asi como el cierre de la actividad.

En el artículo 78 del anteproyecto se regula la acción de cesación, que podrán interponer los ciudadanos ante los tribunales para poder poner fin a conductas de los operadores que lesiones sus intereses. Este derecho se extiende a favor de organismos como el Instituto Nacional de Consumo, comunidades autónomas, corporaciones locales, o asociaciones e consumidores y usuarios.

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