'Gravísima vulneración de los derechos'

Los trabajadores despedidos de 'La mañana de La 1' responden: “TVE miente”

Los trabajadores despedidos de 'La mañana de La 1' responden: "TVE miente"

Tras conocerse que RTVE había despedido a más de 20 trabajadores de 'La Mañana de La 1', medio equipo de Mariló, y que la cadena pública emitiese un comunicado para explicar las razones de la decisión, los empleados de la Corporación han respondido mediante una nota de prensa.

A través del bufete de abogados Iurisvox, los trabajadores dejan claro que “TVE miente. Es absolutamente falso que los contratos por obra suscritos entre estos trabajadores y la Corporación RTVE expiren en un plazo de tres años, como justifican”.

Por ello, emiten este comunicado en el que responden punto por punto a cada una de las explicaciones del anterior comunicado emitido por TVE:

Hoy se han publicado en algunos medios escritos diversas informaciones sobre la finalización de contratos por obra de trabajadores que vienen prestando servicios en el programa de TVE ‘La Mañana’. En relación con este proceso cabe realizar las siguientes puntualizaciones.

“La normativa legal vigente no limita la duración máxima para este tipo de contratos”

1) La normativa legal vigente no limita la duración máxima para este tipo de contratos, sino únicamente la duración del período de temporalidad de la contratación: si la obra objeto del contrato dura más de tres años, la ley no autoriza al empresario a extinguir dicho contrato, sino que le impone la obligación de transformar el contrato en indefinido. Por lo tanto, es absolutamente falso que los contratos por obra suscritosentre estos trabajadores y la Corporación RTVE “expiren” en un plazo de tres años.

Este tipo de contratos sólo “expiran” cuando finaliza la obra, y si la obra dura más de tres años, el contrato no se extingue, sino que se transforma en indefinido, debiendo permanecer el trabajador en su puesto de trabajo. La regla de transformación en indefinidos de los contratos por obra a los tres años se introdujo en el Estatuto de los Trabajadores en una reforma de 2010 con la finalidad de reducir la precariedad en este tipo de contrataciones y fomentar la contratación indefinida, no para amparar situaciones abusivas como las que se están llevando a cabo por RTVE: se despide a veinte personas pese a que la obra continúa, y se contrata simultáneamente a otras veinte para sustituirlas, con contratos temporales.

Esto no lo ampara ni la letra ni el espíritu ni la finalidad de la Ley. Ni tampoco el sentido común, ni la ética más elemental.

Critican que RTVE se ha “saltado la Ley y cometido todo tipo de tropelías”

2) No se trata en absoluto de una nueva contratación con carácter indefinido, sino de la transformación en indefinidos de contratos temporales que ya existían desde 2011, mucho antes de la Ley de Presupuestos para 2014; norma ésta última que, además, no es ninguna especie de “salvoconducto” para que RTVE pueda saltarse la Ley y cometer todo tipo de tropelías en la contratación de sus trabajadores.

RTVE, por su carácter de empresa pública, está sujeta al cumplimiento de la Ley y el Derecho. Y entre las obligaciones legales que debe cumplir está la de transformar en indefinidos los contratos de sus trabajadores contratados por obra cuando dicha obra se prolongue más allá de tres años.

“Gravísima vulneración de los derechos fundamentales más básicos de un trabajador”

3) Si la obra objeto del contrato se prolonga más allá del límite de tres años, la Ley no autoriza a extinguir este tipo de contratos, sino que impone al empresario la obligación de transformarlos en indefinidos, debiendo permanecer el trabajador en su puesto de trabajo. Eso no supone contravenir nada, sino cumplir estrictamente lo que establece la Ley, que es lo que debería hacer, o al menos aparentar que hace, una empresa pública como RTVE.

Además, despedir a un trabajador con la única finalidad de que no ejercite un derecho que la Ley le confiere, máxime cuando previamente el trabajador ha anunciado que se va a acoger a dicho derecho y ha exigido su cumplimiento, es una gravísima vulneración de los derechos fundamentales más básicos de un trabajador, como es el no ser objeto de medidas empresariales que limiten o coarten el ejercicio de sus derechos, o el de no verse perjudicado ni represaliado por el ejercicio de dichos derechos.

“Situaciones absurdas y surrealistas de auténticas persecuciones en la redacción”

4) Las comunicaciones de finalización de los contratos no se han realizado siguiendo el procedimiento y cauces habituales, sino que se han desencadenado abruptamente el mismo día en que CRTVE recibió doce citaciones para acudir a un acto de conciliación (tras otras cuatro anteriores) en el que se le requería para que transformara en indefinidos los contratos de estos trabajadores, con mucha mayor antelación a dicho plazo de 15 días, y llegando a situaciones absurdas y surrealistas de auténticas persecuciones en la redacción.

CRTVE ha tratado de acallar expeditivamente cualquier protesta y diálogo, que no sólo había sido solicitado por estos trabajadores, sino también por el Comité de Empresa de CRTVE.

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