Se exigió su retirada por considerar su mensaje inadecuado

Autocontrol desestima las quejas contra el polémico anuncio de Frenadol

Imagen del anuncio de Frenadol

El Pleno del Jurado de la Publicidad de Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) ha desestimado el recurso de alzada interpuesto por Consumidores en Red frente a la resolución de la Sección Primera del órgano extrajudicial del pasado 26 de enero, al considerar adecuado el anuncio del medicamento Frenadol Complex, difundido en televisión e Internet, porque “no traslada un mensaje de curación asegurada”.

Según indica la resolución del Pleno del Jurado, a la que ha tenido acceso Europa Press, el pasado 12 de enero, Consumidores en Red y la Asociación General de Consumidores (ASGECO) presentaron una reclamación contra un anuncio que promocionaba Frenadol Complex, mostrando a un padre de familia con síntomas de resfriado que, tras tomar el medicamento, llevaba a sus hijos a pasar un día de pesca. Mientras se veía al protagonista conduciendo, aparecía la advertencia: 'Este medicamento puede producir somnolencia, Se recomienda no conducir'.

La Sección Segunda del Jurado acordó desestimar la reclamación, declarando que el anuncio no infringía las normas 2 y 14 del Código de Autocontrol, ni el artículo 3.1 del Código Ético de Confianza Online. Entonces Consumidores en Red interpuso recurso de alzada frente a la citada resolución alegando que el spot induce a error a sus destinatarios al recrear mediante las imágenes una actividad (conducir) que al mismo tiempo desaconseja mediante una sobreimpresión en la que se advierte 'Este medicamento puede producir somnolencia. Se recomienda no conducir'.

En este sentido, el Pleno del Jurado de la Publicidad de Autocontrol, presidido por José Antonio Gómez Segade, ha determinado que, al incluir la sobreimpresión cuestionada por Consumidores en Red, el anunciante ha conseguido “eliminar cualquier riesgo potencial de que un consumidor medio piense que puede conducirse con carácter general tras la ingesta del medicamento sin ningún tipo de precaución o que el medicamento promocionado no tiene ningún tipo de advertencia en relación con los posibles efectos adversos del mismo sobre la capacidad de conducir, riesgo que podría generarse al aparecer en el anuncio la imagen de un hombre conduciendo tras la ingesta del medicamento”.

Respecto al argumento de que se trataba de un supuesto de publicidad engañosa al mostrar al protagonista enfermo primero y pisando charcos tras la ingesta del medicamento, otorgándole así unas cualidades de curación.

Para el Jurado de Autocontrol, el anuncio “no traslada un mensaje de curación asegurada”. “Por un lado, en ningún momento se hace alusión a la referida curación y no existen elementos de los que se pueda desprender tal mensaje y, por otro, el anuncio muestra por el contrario alusiones muy claras referidas al alivio de síntomas. En virtud de lo anterior, que se muestre a un padre yendo a pescar con sus hijos por haber conseguido aliviar los síntomas del resfriado no hará que un consumidor medio interprete que el medicamento ha producido la curación de la enfermedad”, ha explicado en la resolución.

Por su parte, Consumidores en Red ha asegurado que “ni entiende ni comparte” el fallo del Jurado, al tiempo que ha puesto de manifiesto su “creciente preocupación por el contenido de la publicidad de numerosos anticatarrales y antigripales que muestran a sus protagonistas realizando actividades claramente contraindicadas para la curación de su enfermedad”.

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