Jorge Javier, obligado a leer la sentencia que condena a Mediaset a indemnizar a Cayetano Martínez de Irujo

Jorge Javier Vázquez en 'Sálvame'

Redacción verTele

Jorge Javier Vázquez ha iniciado la emisión de Sálvame de este miércoles 5 de octubre leyendo una sentencia contra Mediaset España y el programa. Se trata de una condena por vulneración del derecho al honor de Cayetano Martínez de Irujo, ratificada en 2021, a raíz de unos comentarios realizados en el programa entre noviembre y diciembre de 2017, que implicaban también a dos colaboradores del espacio: Kiko Hernández, ausente en los últimos tiempos, y la ya fallecida Mila Ximénez.

“Estimo parcialmente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales, la señora Calderón Galán, en nombre y representación de don Cayetano Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart, Mediaset España Comunicación S.A., La Fábrica de la Tele S..L y contra Francisco Hernández Ruiz y Milagros Ximénez de Cisneros Rebollo”, comenzaba diciendo el presentador nada más arrancar la edición 3.459 del formato vespertino en Telecinco.

“Y en su mérito declaro vulnerado el derecho al honor de don Cayetano Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart en los programas de Sálvame Diario Limón y Naranja emitidos en los días 28, 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2017 y condeno solidariamente a Mediaset y a La Fábrica de la Tele a pagar al actor la cantidad de 50.000 euros en concepto de indemnización y de daños y prejuicios por el daño moral causado, y a dar publicidad en los programas Sálvame Limón y Naranja a la parte dispositiva de la sentencia, de forma análoga y con tratamiento informativo similar a la difusión de la que trae causa este procedimiento y a retirar de la página web las partes en las que se hace referencia al demandante”, continuaba, detallando todos los conceptos de la sentencia.

Se absuelve a los codemandados y al resto de pedimentos de la demanda. Cada parte responderá de las costas causadas a su instancia”, culminaba la lectura del complejo texto judicial. Los codemandados eran en efecto los dos colaboradores antes mencionados. Un texto que volvía a repetir casi cuatro horas después, a las 19:58 horas, tal y como se establecía en la lectura.

Sentencia por vulnerar el derecho al honor de Martínez de Irujo

Los hechos se remontan a las tardes comprendidas entre el 28 de noviembre y el 1 de diciembre de 2017, cuando se realizaron comentarios sobre el jinete que este consideró que atentaban contra su honor. En primera instancia, se estimó parcialmente la demanda, al reconocerse la vulneración al honor del demandante, y se condenó a la otra parte a comunicar la sentencia y retirar los programas de la web. No obstante, los absolvió del pago de una indemnización.

La sentencia fue recurrida después ante la Audiencia Provincial de Madrid, que lo admitió parcialmente y fijó una cantidad de 50.000 euros de sanción en concepto de daños morales, manteniendo el resto de los pronunciamientos. Para determinar la cuantía, se tuvo en consideración, de acuerdo al dictamen, “el contenido y carácter ofensivo de las expresiones utilizadas, su reiteración e intensidad dado que eran varios colaboradores los que las proferían, el alto nivel de audiencia y difusión (ocho programas en cuatro días) y la imputación e intención delictiva que se le hizo carente de todo fundamento”.

No obstante, el hijo de la duquesa de Alba consideró insuficiente la indemnización, puesto que no tenía en consideración ni la audiencia obtenida de aquellos programas ni los ingresos publicitarios de este. Por ello, presentó un recurso de casación. En 2021, el Tribunal Supremo ratificó la indemnización de 50.000 euros asignada previamente, rechazando la pretensión de aumentar su cuantía.

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