Trámite parlamentario

Cultura rectifica y anuncia que no dará ayudas a series de TV

El Ministerio de Cultura ya ha enviado a los representantes del sector cinematográfico el texto del Proyecto de Orden Ministerial, que servirá de instrumento jurídico para desarrollar la Ley del Cine. Se inicia así el trámite de consultas sobre el texto, que debería permitir su aprobación definitiva y su publicación en unos meses, según informa el Departamento que dirige la ministra Ángeles González-Sinde.

En lo que se refiere a la televisión, la Ley del Cine limita las ayudas a las películas hechas para la pequeña pantalla y series de animación, pero deja fuera al resto de ficciones televisivas, aunque en una primera nota que luego ha corregido el Ministerio, también estaban incluidas.

Doce subvenciones anuales las destinadas a los guiones

El texto, que también será enviado a los grupos parlamentarios, tiene como contenido fundamental la regulación de las ayudas a la cinematografía previstas en la Ley del Cine, fundadas en la necesidad de apoyar la diversidad cultural, tal como autoriza la Convención de la UNESCO de 2005, y como es habitual en todos los países de la Unión Europea.

Como anunció hace unos días el director general del ICAA, Ignasi Guardans, para dar ayudas a la amortización de películas se tendrá en cuenta no sólo la taquilla (“no será el último árbitro”, dijo), sino que también se contarán las descargas legales en Internet, además de los premios y la “calidad objetiva” de las cintas.

Estas nuevas ayudas a la amortización, “en un nuevo método de cálculo que sólo se aplicará a futuros rodajes”, según el Ministerio, mantienen su doble estructura, una “ayuda general” y una “ayuda complementaria”.

La “ayuda general” se medirá en función del número de espectadores, un concepto en el que en adelante se incluirán otras formas de consumo cinematográfico, como el alquiler o venta de DVDs o las descargas por Internet. Pero esta novedad “quedará en suspenso en tanto no se establezcan los correspondientes sistemas de homologación por parte del ICAA”.

Por su parte, la “ayuda complementaria” se calculará tomando en consideración otros factores distintos del éxito de público, tales como el carácter independiente de la producción, que se trate de una película documental, el reconocimiento de la película mediante su aceptación en festivales o el otorgamiento de premios, el hecho de tener su versión original en lengua española distinta del castellano, el riesgo asumido por el productor a partir de determinados niveles de inversión o la apuesta por nuevas tecnologías de proyección digital.

Como objetivos comunes a la regulación de todas las ayudas, destaca el intento de lograr la máxima simplificación administrativa, con especial atención a la administración electrónica, y la fijación de criterios precisos que, aplicados con “la máxima transparencia”, garantizan la mayor legitimidad en la concesión de las ayudas en los casos en que estas ayudas no se configuran con carácter automático.

En particular, la Orden desarrolla una tras otra las bases de las distintas ayudas públicas incluidas en la Ley del Cine. Como novedades importantes en el sistema de ayudas pueden resaltarse, las ayudas para la elaboración de guiones de largometrajes, que quedan limitadas a un máximo total de doce ayudas anuales, incrementando “sustancialmente” su dotación, e incentivando su vinculación tanto a las posteriores ayudas al desarrollo de proyectos como a las propias ayudas a la producción de largometrajes sobre proyecto.

Incluye ayudas a las películas para televisión y series de animación

Además, se detalla el procedimiento para conceder nuevas ayudas inexistentes hasta este momento, como es el caso de las ayudas para películas para televisión y series de animación, o las ayudas a la formación no reglada, o las ayudas a la conservación. También incluye ayudas para el cine iberoamericano en el marco de las ayudas a la distribución.

Respecto a la promoción, “asignatura pendiente del cine español”, y tal y como ya adelantó en su día Guardans, se llevarán a cabo “estrategias nuevas” para apoyar al cine nacional fuera y dentro de España.

También figuran en la Orden otros aspectos técnicos de relevancia práctica, como son los procedimientos de reconocimiento de coste de una película e inversión del productor, así como la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

Finalmente hay que señalar que en la Orden se mantienen los límites actuales a las ayudas (que en la mayoría de los casos no son acumulables entre sí y se restan unas de otras), por los que en ningún caso pueden superar el 50 por ciento del coste de una película o el 75 por ciento de la inversión del productor. A ello se añaden límites cuantitativos para cada tipo de ayuda.

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