Desestiman la demanda de Telma Ortiz contra 57 medios

El Juzgado de Instrucción número 3 de Toledo ha desestimado la demanda interpuesta por Telma Ortiz, la hermana de la princesa de Asturias, en la que pedía medidas cautelares contra 57 medios de comunicación.

En dicha demanda, Ortiz pedía que se establecieran medidas cautelares para que se prohibiese a estos medios de comunicación “captar publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir imágenes suyas”, y de su pareja Enrique Martín-Llop.

La juez de primera instancia número 3 de Toledo, María Lourdes Pérez Padilla, ha denegado, por 'inviabilidad jurídica', las medidas cautelares pedidas por la hermana de la Princesa de Asturias, para defenderse del acoso de los medios de comunicación, y le impone el pago de las costas.

Es “inviable” porque la demandante “sí tiene proyección pública”

La juez ha desestimado la demanda en un auto de ocho páginas, en el que afirma que, 'sin hacer referencia' al parentesco de Telma Ortiz con su hermana Letizia, Princesa de Asturias, señala que es 'evidente' la 'inviabilidad jurídica' de su solicitud por considerar que la demandante sí tiene proyección pública.

'Se interesa la condición de proyección de particular sin proyección pública, cuando a renglón seguido se admite y reconoce que participan (Ortiz y su pareja Enrique Martín-Llop) de hechos y actos que sí la tienen', dice el auto de la jueza.

La magistrada distingue en su auto los supuestos en los que debe protegerse la intimidad y el derecho a la propia imagen de particulares anónimos, amparados en la Constitución, y la de aquellos con proyección pública y cuya imagen es conocida, como el caso de Telma Ortiz.

La juez rechaza en su auto el supuesto de 'mala fe o temeridad' en la demanda de Ortiz contra el más de medio centenar de medios de comunicación, que fue alegado 'de forma genérica' por los abogados en su petición para que se rechazaran las medidas cautelares.

De igual manera rechaza el argumento de los letrados de que la adopción de medidas cautelares supondría un acto de censura previa, expresamente prohibido por la Constitución.

También rechaza el argumento de la defensa de una 'posible existencia de un peligro físico' que pudiera sufrir Ortiz ante el acoso de los medios, al precisar que para ello están las leyes que condenan la 'conducción temeraria' y otras conductas.

El auto de la juez se produce tres días después del plazo legal de cinco días de que disponía para pronunciarse, tras celebrarse la vista el pasado lunes en los tribunales de Toledo, que congregaron a numerosos medios de comunicación, especialmente de la llamada 'prensa rosa'.

Durante la vista del pasado lunes, apenas compareció brevemente Telma Ortiz, que fue excusada por la jueza, con la anuencia de todos los abogados presentes en la sala, para cuidar de su recién nacida hija, pero sí estuvo en todo momento su pareja.

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