Sentencia

Insultar en un reality show es lícito

Insultarse en reality es lícito, según el Tribunal Supremo de Italia, que ha rechazado una demanda de un participante del programa “Supervivientes” emitido en 2001, que acusó a otro de haberle llamado “pederasta” por las atenciones que prodigaba a otro concursante, informa El Mundo.

El concursante Franco Mancini, quien interpuso la demanda, sostuvo que la palabra pederasta, aunque pronunciada en tono gracioso, era de todas formas ofensiva, según informa el diario 'Corriere della Sera'.

El joven ha añadido, además, que desconocida que este tipo de programas estuvieran voluntariamente dirigidos “a los ataques verbales entre los participantes”, ya que era el primero que se emitía en Italia.

El corcursante se queja de que no cortaran la secuencia

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha estimado que no se ha cometido ninguna difamación ya que para valorar “el sentido ofensivo” de la expresión usada “se debe tener en cuenta el contexto en el que se inserta”.

Y, este caso, a los concursantes “no se les podía escapar que estaban participando en una transmisión dirigida a la pelea verbal”.

Mancini se queja de que, teniendo en cuenta que el programa, (emitido por el canal privado ItaliaUno, propiedad de Silvio Berlusconi), estaba grabado, se tendría que haber cortado dicha secuencia, como se hizo con otras expresiones ofensivas pronunciadas durante la discusión.

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