Otra polémica a la vista

El Jueves vuelve a la carga a lo Felipe y Letizia en la portada 'secuestrada', ahora con Aznar y Botella

El Jueves vuelve a la carga a lo Felipe y Letizia en la portada 'secuestrada', ahora con Aznar y Botella

“La tradicional viñeta follando por detrás que luego termina en demanda”. Así opina uno de los lectores de El Jueves con motivo del último controvertido dibujo que ha publicado esta semana la revista satírica por excelencia con el matrimonio Aznar como protagonista.

Una ilustración que recuerda inevitablemente, por su similitud, a la del célebre número del verano de 2007 que acabó en secuestro por orden judicial y que tenía entonces a los príncipes Felipe y Letizia en caricatura.

En esta ocasión, el humor corrosivo de El Jueves se refiere a la reciente sentencia del Supremo que condena a Telecinco a pagar 180.000 euros al ex presidente y su esposa, por asegurar en el Aquí hay tomate que conducía Jorge Javier Vázquez que la pareja se iba a separar por “relación extramatrimonial”.

Intromisión ilegítima en el derecho al honor de Aznar y Botella

Como les informamos el pasado 23 de septiembre, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado a Telecinco a abonar una indemnización de 180.000 euros al matrimonio formado por el expresidente del Gobierno José María Aznar y la teniente de alcalde de Madrid, Ana Botella, por asegurar, a través del programa Aquí hay tomate, que la pareja se iba a separar debido a una “relación extramatrimonial”.

Los magistrados de la Sala de lo Civil, presididos por Juan Saavedra, han concluido que la noticia difundida por el desaparecido programa Aquí hay tomate los días 22 y 23 de noviembre de 2007 constituyó una intromisión ilegítima en el derecho al honor de Aznar y Botella, según consta en la sentencia del Supremo hecha pública.

La Audiencia Provincial de Madrid ya dictó sentencia en 2009 contra Telecinco

El expresidente del Gobierno y su esposa demandaron a la cadena al considerar “falsa y carente de interés público” la información difundida. El Alto Tribunal ha desestimado el recurso interpuesto por Telecinco y ha confirmado, por lo tanto, la sentencia condenatoria dictada en instancia en julio de 2009 por la Audiencia Provincial de Madrid.

La condena de la Audiencia Provincial estipuló una indemnización de 90.000 euros para cada uno de los miembros del matrimonio. Dicha sentencia rebajaba en 60.000 euros la cantidad que impuso inicialmente la juez María Elena Garde García, titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pozuelo de Alarcón, a la cadena de televisión.

El programa vulneró el honor del ex presidente del gobierno y su esposa

Los magistrados del Supremo han determinado que en este caso debe prevalecer el derecho al honor sobre la libertad de información, ya que la noticia divulgada, “aunque de interés público (entendido como tal el que suscita el conocimiento de aspectos privados de personas públicas), no puede decirse sin embargo que cumpla con el requisito de la veracidad, puesto que los demandados procedieron inmediatamente a desmentir lo que no pasaba de ser un rumor”.

La Sala de lo Civil recuerda al respecto que la información no veraz sobre infidelidades “constituye una intromisión ilegítima tanto en el honor del cónyuge a quien se atribuye la infidelidad como en el del cónyuge que la estaría soportando, pues del primero se predica un comportamiento indebido y al segundo se le atribuye una situación socialmente considerada en general como humillante o digna de lástima, que no está obligado a soportar”.

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