Cambio de Ley

Organizaciones sociales rechazan la reducción en el plazo de información de la programación

Estas tres asociaciones expresaron hoy su rechazo por la reducción del plazo con que las televisiones tienen que informar sobre su programación, después de que el Gobierno modificara el Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento General de Prestación del Servicio de Difusión de radio y televisión por cable. Con este cambio, que rebaja el plazo de 11 a 3 días, las asociaciones consideran vulnerado un derecho de los ciudadanos reconocido en la Constitución Española, en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y en la legislación televisiva vigente. Así lo han señalado en diferentes documentos presentados, ante la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información, ante el Consejo Asesor de Telecomunicaciones y ante el Defensor del Pueblo, al que han solicitado amparo frente a esta norma.

Estas asociaciones consideran en un comunicado conjunto que la reducción establecida del plazo obligado impedirá la publicación de las programaciones en las revistas televisivas, sin que el escaso acceso al teletexto, a las guías electrónicas de Programación o a la página web horas antes de las emisiones sea una alternativa válida dado el escaso hábito de los espectadores a informarse a través de estos canales.

Por su parte, AUC considera que la información anticipada sobre la programación ayuda a los telespectadores a planificar su ocio y tiempo libre (buena parte del cual se dedica al consumo televisivo); ayuda a los anunciantes a controlar el contexto de su publicidad y a determinar el grado de afinidad del target; e incluso ayuda a las televisiones a estabilizar las parrillas y mejorar la fidelidad de la audiencia.

En esta línea, consideran que el cambio normativo que se ha aprobado “perjudica gravemente le recepción de una información adecuada por parte de los telespectadores, que todavía hoy se informan anticipadamente y durante mucho tiempo seguirán haciéndolo a través de diarios y revistas, las cuales, por cuestión de plazo, no podrían ofrecer dicha información, excluyendo así a la mayoría de ciudadanos del acceso a la información y, por tanto, perjudicando el interés general”, concluyen.

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