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El Parlamento Europeo exige que todos los países creen una autoridad audiovisual

Por su interés reproducimos a continuación el siguiente artículo que publica hoy el diario La nueva directiva sobre Televisión sin fronteras aprobada esta semana por la Comisión de Cultura del Parlamento Europeo pide a los Veintinco la creación de una “autoridad reguladora” para controlar el cumplimiento de las normas en materia televisiva. Este organismo, que equivale a los consejos audiovisuales que operan en casi todos los países comunitarios (a excepción de España), no estará vinculado a los Gobiernos nacionales, actuará con “imparcialidad y transparencia” y contribuirá al “pluralismo”.

Las modificaciones a la ley que regula la difusión por televisión en Europa están acompañadas de un catálogo de enmiendas adoptadas por la Eurocámara. Esta norma deberá ahora recibir el visto bueno de los ministros de Telecomunicaciones de la UE y ser votada por el pleno el próximo diciembre. La directiva incluye los siguientes cambios.

- Autoridad reguladora. Los Estados miembros estarán obligados a crear una autoridad audiovisual independiente, encargada de otorgar licencias, velar por el cumplimiento de la legislación europea en la materia y sancionar cuando no se respete. España no tiene una autoridad de este tipo, aunque existen consejos audiovisuales en comunidades como Cataluña y Navarra.

- Derecho a la información. Las televisiones que posean derechos en exclusiva sobre acontecimientos de “gran interés público” (deportes, por ejemplo) deberán poner a disposición de otros canales resúmenes, que no excederán de 90 segundos. La cesión, previo pago, se hará en condiciones “equitativas, razonables y no discriminatorias”.

- Topes publicitarios. Los anuncios convencionales o de televenta no podrán sobrepasar el 20% de la emisión diaria, lo que equivale a un máximo de 12 minutos por hora. En el conjunto del día, el volumen de publicidad representará, a lo sumo, 4,8 horas. Se suprime el límite de tres horas diarias para la emisión de programas exclusivamente dedicados a la televenta.

- Publicidad encubierta. Queda prohibida totalmente la publicidad encubierta, así como la utilización de técnicas subliminales. También están vetados anuncios que incluyan elementos de discriminación por razón de sexo, raza, edad y nacionalidad o que atenten contra las convicciones religiosas y políticas, sean nocivos para el medio ambiente o perjudiquen (moral o físicamente) a los menores.

- Telepromoción. No hay restricciones para los espacios de autopromoción de las televisiones. La ley española incluye estas emisiones dentro del apartado dedicado a la publicidad y a la televenta y, en conjunto, no pueden exceder los 17 minutos por hora.

- Cortes de películas. Las emisiones cinematográficas, los conciertos y otras piezas culturales no podrán ser interrumpidos con cortes publicitarios durante al menos 45 minutos. La Comisión Europea fijó esta limitación a 35 minutos. Para los programas infantiles y los telediarios, el mínimo es de 30 minutos. Quedan excluidas de esta limitación las series, los programas de variedades y los documentales.

- Patrocinio. Los telediarios (salvo la información deportiva o meteorológica) no podrán estar patrocinados. Se prohíbe el patrocinio a las empresas tabaqueras y las dedicadas a la fabricación y venta de medicamentos para los que sea necesaria prescripción facultativa.

- Ámbito geográfico. La nueva ley se aplicará a cualquier programa que se emita desde algún país de la Unión Europea, aunque sea recibida en otro lugar. De este modo, espacios realizados, por ejemplo, en Francia y emitidos en África deberán respetar la ley europea y no podrán anunciar tabaco o medicamentos para los que se precisa receta.

El eurodiputado liberal Ignasi Guardans, ponente del informe sobre Televisión sin Fronteras en la Comisión de Cultura del Parlamento Europeo, considera que el texto es muy ponderado porque “representa un equilibrio entre los más liberalizadores y los que pretenden regular todo, incluido Internet”.

Guardans advierte, sin embargo, que de aquí a diciembre el texto sufrirá modificaciones. Los europarlamentarios pretenden limitar los casos excepcionales en los que un país puede cortar la señal de emisión de otro. Hasta el momento, el interés general de un país bastaría para interceptar la emisión; un criterio que en la Eurocámara consideran demasiado amplio. “Ahora, Polonia podría considerar, por ejemplo, que un anuncio que trate el tema de la homosexualidad pone en peligro el interés general polaco”, explica Guardans.

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