Se confirma el rumor

Las cadenas tendrán que anunciar su programación con 7 días de antelación en lugar de 11

Era un secreto a voces en el sector desde hace semanas que hoy confirma el diario ABC. Las cadenas de televisión nacionales dejarán de estar obligadas a hacer públicos sus contenidos con al menos once días de antelación, ya que el Gobierno modificará la denominada Ley de Contraprogramación, de manera que los programadores ya sólo tendrán que adelantar sus rejillas de programación siete días antes de emisión en lugar de once. La medida se articulará como una disposición adicional del Reglamento que desarrollará la Ley del Cable, y que será aprobada mediante Real Decreto en Consejo de Ministros. El Gobierno está a la espera del preceptivo informe favorable del Consejo Asesor de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (CATSI), cuyo dictamen está previsto para los próximos días. Se trata de una buena noticia para las cadenas, que venían demandando desde hace tiempo más flexibilidad para poder cambiar sus parrillas en función de la audiencia, aunque la intención del sector audiovisual era reducir el plazo de obligatoriedad a sólo dos días. En contra de la reducción del plazo están, como es lógico, las revistas en papel, que necesitan contenidos fiables con más antelación para el cierre de sus ediciones, así como las

asociaciones de consumidores, que defienden el derecho de los ciudadanos a conocer con antelación suficiente la información televisiva para poder organizar su tiempo ocio. La normativa en vigor aplicable a esta materia está presidida por las leyes 25/1994, de Televisión sin Fronteras, y 22/1999, que han sido desarrolladas por normativa autonómica en varias Comunidades. En concreto, el artículo 8 de la Ley 25/1994 establece el derecho de los ciudadanos a conocer con antelación suficiente la programación de televisión, lo cual supone la obligación de las cadenas a informar sobre lo que van a emitir con idéntica antelación. El Real Decreto 1462/1999, en el art. 2 de su anexo, estableció que los operadores de televisión de ámbito estatal deberán publicar su programación diaria con una antelación de, al menos, 11 días respecto del día al que la citada programación se refiera. No obstante, todas las emisoras han sido sancionadas en numerosas ocasiones durante los últimos años por incumplir la ley.

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