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Condenan a la RTVCM y al exdirector Nacho Villa por vulnerar el derecho de huelga

Condenan a la RTVCM y al exdirector Nacho Villa por vulnerar el derecho de huelga

El Juzgado de lo Social Número 2 de Toledo ha condenado solidariamente a la Radio Televisión de Castilla-La Mancha y a su exdirector Nacho Villa a indemnizar al sindicato CCOO con 6.000 euros por daños morales causados por vulneración de derechos los fundamentales de huelga y de libertad sindical.

Así reza la sentencia, difundida este jueves por el propio sindicato, contra la que cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, recurso que ha ser anunciado a los cinco días siguientes a la notificación de la misma.

Según recoge Europa Press, en la sentencia se considera como hechos probados que el 27 de abril de 2015, con motivo de la convocatoria de huelga que había convocado el Comité de Empresa, el secretario provincial de la Federación de Servicios de CCOO Toledo, José Luis Arroyo, en su condición de asesor de la Sección Sindical de este sindicato y habiendo comunicado previamente su visita al director general, al director financiero y al director técnico del ente, no pudo acceder libremente al centro de trabajo, pues se condicionó su acceso a la firma de un documento.

“Al estar en periodo electoral y acceder a un recinto de titularidad pública aconsejaré y apoyaré a los trabajadores solo en cuestiones de ámbito laboral y no procederé a realizar actos de propaganda electoral”, reza dicho documento, cuya decisión fue adoptada por el director general del ente público.

Ante la negativa de Arroyo a suscribir el documento, se personó en las instalaciones del ente un representante de la Inspección de Trabajo, que indicó a la coordinadora del Área Jurídica del mismo el derecho de Arroyo a entrar en las instalaciones en base al cargo que ostentaba.

Pero una vez la inspectora se separó del dirigente de CCOO para realizar su trabajo, Sánchez Arroyo fue expulsado por los servicios de seguridad en cumplimiento de la orden dada por la Dirección General.

Fundamentos de derecho

Dice el Juzgado que la prohibición de acceder al centro de trabajo de los representantes sindicales en su condición de asesores, teniendo en cuenta que la huelga reunía todos los requerimientos legales, al haber sido comunicada al director general “sí es una conducta vulneradora del derecho de libertad sindical, que afectó al derecho de huelga que se estaba ejecutando ese día, al impedir el asesoramiento a la sección de CCOO y a los trabajadores afiliados”.

El juzgado defiende que no puede tener en cuenta las alegaciones del exdirector de RTVCM, que mantiene no se prohibió el acceso de Arroyo y de otros representantes sindicales --entre ellos, el líder de UGT, Carlos Pedrosa-- si no que se condicionó su entrada a la firma del documento.

“Más allá de la lógica identificación del cargo electo que vaya a acceder al centro de trabajo, no es admisible que dicho acceso quede vinculado a la firma de un documento independientemente del contenido que este tenga, pues dicha exigencia supone una limitación del derecho que impide a su titular ejercerlo en plenitud, constituyendo por tanto una clara vulneración de su derecho”, recoge la sentencia.

Así en base a la propia ley, el Juzgado admite que la demanda sea interpuesta contra el ente y contra quien en el momento de los hechos enjuiciados era el directo general. Añade además que la defensa de Villa no niega que fuera el que decidiese el acceso de los representantes sindicales, condicionando su entrada a la firma del documento.

Por ello, constata la responsabilidad directa y personal de Villa en la decisión que vulneró el derecho de huelga y por ello le condena solidariamente, junto al ente público, al pago de 6.000 euros.

El Juzgado competente no ha estimado la pretensión del ente de condenar exclusivamente al director general, alegando que previamente había pagado una sanción de más de 6.000 euros de la Inspección de Trabajo por los mismos hechos.

Explica que las sanciones tienen naturaleza diferente y que aunque fue el director general el que adoptó la decisión, ésta fue asumida y consentida por el ente publico que “en ningún momento valoró su conducta en esta huelga, pues no consta actuación alguna del Consejo de Administración al respecto”, concluye la sentencia.

La satisfacción de CCOO

En rueda de prensa, para informar de la sentencia, la secretaria general de la FSC-CCOO, Carmen López, ha defendido que estos hechos “demuestran los abusos que el PP y la expresidenta María Dolores de Cospedal, que nombró a Villa, permitieron, pues hicieron de la Radio Televisión de Castilla-La Mancha un reflejo de su propia política de ordeno y mando y de abuso de poder”.

Dicho esto, López se ha mostrado confiada en que esta sentencia sirva para que la actual Dirección “corrija” costumbres de los anteriores gestores aún vigentes, como la política de contratación, a su juicio, “poco transparente”.

De su lado, el secretario general de la FSC-CCOO Toledo, José Luis Arroyo, ha lamentado la “prepotencia, arrogancia y cobardía” de Villa que, a su entender, “intentó eludir su responsabilidad en el juicio culpando a las personas que estaban bajo su dirección”.

Tras mostrar su satisfacción por el hecho de que el exdirector tenga que abonar parte de esa indemnización, ha pedido a los integrantes del Partido Popular que pidan perdón por el comportamiento que han tenido en el Consejo de Administración y por permitir el proceder de Villa.

Mientras, el representante del Comité de Empresa Moisés Soto ha asegurado que con lo ocurrido en el ente durante la gestión de Villa “Kafka tendría material suficiente para escribir varias trilogías”, añadiendo que aunque han aflorado algunos de esos comportamientos “surrealistas”, estos no reflejan “toda la crudeza de su gestión”.

Y es que Soto ha lamentado que la etapa “funesta de Villa” haya provocado que la televisión regional haya perdido audiencia, por lo que ha incidido en la necesidad de luchar contra su legado para recuperar los niveles de audiencia de hace seis años.

“Queremos que estas sentencias sirvan de aviso a navegantes, para que esto no vuelva a suceder. Si la tele no cumple los objetivo para los que fue creada, tendría que dejar de existir”, ha advertido Soto, que ha concluido afirmando que al Comité de Empresa no le agrada que sea el ente, por medio de los recursos de todos los castellano-manchegos, el que termine pagando “las meteduras de pata de Villa”.

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